El hombre acusado de exhibicionismo lo vuelve a hacer y llega al juicio sin ropa

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Su abogado afirma que no es obsceno. Ya había sido condenado una vez por hacer lo mismo, pero en una comisaría.

Un hombre intentó sin éxito este martes ingresar a los juzgados de Valencia, España, completamente desnudo, para participar en un juicio por exhibicionismo. Alejandro Colmar explicó que fue citado para ver su recurso de apelación por una sanción administrativa a la que fue sometido por andar desnud0.

Castigado por andar desnud0

En ocasiones anteriores, dice su abogado, Pablo Mora, también ha sido condenado en proceso penal, aunque estas sentencias están en apelación.

Tres agentes de la Guardia Civil, del grupo de seguridad de la Ciudad de la Justicia de Valencia, le impidieron el paso cuando intentaba entrar desnud0 en el juzgado e inmediatamente le rodeó otro grupo de 5 policías nacionales obligándole a vestirse advirtiéndole que de lo contrario se habría propuesto la sanción, dado que en ese preciso momento incluso un menor estaba ingresando al edificio.

Alejandro ya tuvo un juicio penal, le condenaron por entrar a una comisaría desnud0. Este juicio se ha perdido en primera instancia y en la Audiencia Provincial, y está pendiente de casación al Supremo. Es probable que acabe en el Constitucional», admite Frambuesa Azul.

«La mayoría de sanciones que le ponen no suelen ser por la vía penal, sino por vulneración del artículo 37 de la conocida como Ley Mordaza, que sanciona el exhibicionismo obsceno cuando no sea delito, es decir, cuando no se produzca ante menores. Por el momento, hemos ganado alguna sentencia alegando la vulneración de sus derechos fundamentales o del principio de legalidad, ya que muchas ciudades no tienen ordenanza al respecto”.

Defiende que no es obsceno ir sin ropa

«Nosotros no creemos que sea obsceno ir por la calle desnudo. Sí m4sturb4rs3 o hacer actos obscenos. Entendemos que ir desnudo es ejercer la libertad ideológica«, explica Pablo Mora, quien lamenta que recientemente «el director de un colegio de Torrent lo ha denunciado por pasar ‘a propósito’ desnud0 por delante del colegio, cuando realmente acude a un huerto que tiene allí».

Este abogado advierte que “la ley no es clara. Desde que en 1988 se derogó el escándalo público el vacío legal ha de ser cubierto por ordenanzas municipales que la mayoría de ciudades no tienen, por eso entendemos que se vulnera el principio de legalidad”.

Aunque no hay mucha jurisprudencia al respecto, Pablo Mora explica que “existen precedentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en concreto un caso del Reino Unido, en el que se entiende que el nudismo está protegido por la libertad ideológica y la libertad de expresión. . Esta es nuestra afirmación fundamental, pero debemos llegar a los órganos correspondientes y en este momento la Corte Suprema no comparte esta posición”.


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