Delincuente preso en el Zulia es solicitado por secuestro en Colombia

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Rubén Darío Urdaneta Montiel (35), alias Rubencito, tiene un expediente abierto en Venezuela por delito de corrupción y también es requerido desde Colombia donde se le acusa de cometer un secuestro.

Ambos procesos penales están descritos en la sentencia 214 de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, publicada el pasado 1º de junio y redactada por el magistrado Maikel Moreno.

Dicha sentencia refiere que Rubencito fue detenido el 15 de abril pasado en el urbanismo Ciudad Losada, Maracaibo (Zulia), “lugar de confort de los integrantes de diversos grupos estructurados de delincuencia organizada”, según la descripción hecha por el Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (Conas).

Los delincuentes apostados en ese sector de la capital zuliana estaban apertrechados con armas de fuego y se dedicaban a amedrentar a los vecinos.

A los minutos de la detención del sujeto, éste le pidió a un efectivo militar que si podía hacer “algo” por él a cambio de 200 dólares. En razón de ello, el Ministerio Público le imputó persuasión e inducción a delinquir a funcionarios públicos (as), establecido en el artículo 70 de la Ley contra la Corrupción y resistencia a la autoridad, según acta del Tribunal 8º Municipal de Control del Zulia.

Antes de esa detención, ya Colombia había solicitado a Interpol publicar una alerta azul para que los países miembros de la citada organización policial ofrezcan información relacionada con alias Rubencito. Esto, en razón de que el sujeto se encuentra señalado de participar en el secuestro de la comerciante Luz Mery Jurado, hecho ocurrido el 13 de julio de 2022 en Dibulla, La Guajira, Colombia. La mujer estuvo secuestrada durante 55 días.

Ante ese requerimiento, La Sala Penal otorgó a Colombia 90 días para que formalice el pedido de extradición en Venezuela con la documentación requerida, lo cual incluye “los medios de prueba para que (Rubencito) pueda ser procesado”.

Los magistrados argumentaron que por tratarse de un venezolano, la carta magna prohíbe su extradición. Y en caso de que Colombia no presente la documentación exigida, quedará sin efecto la privativa de libertad que pesa sobre esa persona “respecto a este procedimiento de extradición”.

Una decisión similar tomaron los magistrados en relación a la extradición planteada por Perú sobre Yulian Enrique Ovalles Díaz, quien tiene un expediente abierto en el Décimo Juzgado Penal Unipersonal-Sede Iquito de la Corte Superior de Justicia de Lima desde el pasado 23 de febrero.

El hecho que se le atribuye a Ovalles Díaz ocurrió el 28 de enero de 2021 en Oyon, Departamento de Lima, Perú, cuando el venezolano se desplazaba en una moto con licencia falsificada. Es por ello que le imputan el delito de uso de documento público falso.

Ovalles Díaz fue capturado el 21 de abril pasado en Borburata (Carabobo) según acta del Cicpc-Puerto Cabello. La Sala Penal otorgó a Perú 60 días para que consigne la solicitud formal de extradición, según se lee en la sentencia.


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